FEDERACIÓN ESPAÑOLA DEL VINO - MEMORIA 2024
Á R E A T É C N I C A / C A P Í T U L O 5 / 7 9 / Vinos sin alcohol La reforma de la PAC introdujo entre otros aspectos la inclu- sión de la categoría de vinos desalcoholizados y parcialmen- te desalcoholizados en la OCM. Estos términos se incorporan acompañando a las categorías vitivinícolas tradicionales (ej. Vino espumoso desalcoholizado). Sin embargo, la Comisión Europea (CE) no ha avanzado por el momento en la defini- ción de unas prácticas enológicas específicas para la elabo- ración de estos productos, que deben elaborarse conforme a las prácticas autorizadas para un vino convencional. Desde la FEV, en colaboración con CEEV, se ha defendido ante la Comisión la necesidad de avanzar en la definición de estas prácticas a través de legislación secundaria, de forma que se puede dotar al sector de las herramientas necesarias para ofrecer al consumidor un producto estable y de cali- dad. En este sentido, en el seno de la OIV se está trabajando en una resolución que definirá las prácticas enológicas au- torizadas para vinos desalcoholizados y parcialmente des- alcoholizados, que está en proceso de negociación. La FEV considera la aprobación de esta resolución como un aspecto clave para que la Comisión Europea pueda iniciar un proceso legislativo para regular la elaboración de estos productos. A este respecto, la FEV está participando en el proyecto UBAVIDA, dirigido a investigar técnicas innovadoras para producir vino desalcoholizado con propiedades organolép- ticas similares a las de sus homólogos alcohólicos, del cual se ofrece más información en el apartado de I+D+i de este capítulo. Por su parte, la CE ha publicado en diciembre de 2024 un Acto Delegado (2025/405) que modifica el Reglamento (EU) 2018/848 de producción ecológica y por el cual se han añadido a la lista de prácticas enológicas permitidas en la producción ecológica la evaporación parcial al vacío y la destilación, utilizadas por separado o conjuntamente, siempre que el vino producido tenga un grado alcohólico volumétrico no superior al 0,5% vol, y cumpliendo ciertos requisitos contemplados en el Reglamento. Ello permitirá a partir de ahora la elaboración y comercializa- ción de vino ecológico desalcoholizado . Esta actualización legislativa ha sido apoyada por España, como una oportuni- dad para la producción de vinos ecológicos de baja gradua- ción alcohólica y está contando con el impulso de la FEV. Si bien, la FEV junto a nuestra patronal europea sigue traba- jando y coordinando acciones para solicitar que esta auto- rización se haga extensiva también a los vinos parcialmente desalcoholizados (actualmente no incluidos). 0,0
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