FEDERACIÓN ESPAÑOLA DEL VINO - MEMORIA 2023

E N T O R N O L E G A L Y R E G U L A T O R I O / C A P Í T U L O 3 / 5 9 / Sustitución de términos y reglas de simplificación Establece reglas de simplificación de términos en la lista de ingredientes: • Se podrá utilizar el término “uvas” como ingrediente principal, en vez de “mosto de uva”. • Se podrá utilizar la expresión “mosto de uva concentrado” en lugar de “mosto de uva concentrado rectificado”. • Los gases de envasado podrán sustituirse por la mención “embotellado en atmósfera protectora” o “el embotellado puede realizarse en atmósfera protectora”. • El “licor de tiraje” y el “licor de expedición” pueden expresarse como tales, o ir acompañados voluntariamente, entre paréntesis de una lista de sus componentes. • Los “reguladores de acidez” y “estabilizadores” que sean similares o intercambiables entre sí podrán indicarse en la lista de ingredientes utilizando la expresión: “contiene… y/o”, seguida de no más de tres aditivos, cuando al menos uno de ellos esté presente en el producto final . Reglas específicas para vinos espumosos Elimina la obligatoriedad de revestir con una hoja el tapón de los vinos espumosos. Vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados Incluye que los vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados cuyo contenido alcohólico sea inferior al 10%, deberán incluir una fecha de duración mínima, , sin necesidad de aparecer en el mismo campo visual que el resto de las menciones obligatorias. Vinos importados Introduce la obligación para los vinos importados de incluir un listado de ingredientes.

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