FEV_MEMORIA_2019_BAJA

74 · ÁMBITO LEGAL Y REGULATORIO PRINCIPALES NOVEDADES ÁM B I TO L E G A L Y R E G U L ATO R I O NOVEDADES SOBRE LA MEDIDA DE PROMOCIÓN EN MERCADOS DE TERCEROS PAÍSES DE LOS PROGRAMAS DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA Tal y como informamos en nuestra nota de 10 de febrero de 2020, las autoridades españolas y europeas han llevado a cabo una serie de importantes mejoras para la medida de promoción en mercados de terceros países, con el fin de hacer frente a importantes retos a los que se enfrenta el sector este año, y sobre los que profun- dizamos en el capítulo de internacionalización de esta memoria (páginas 92 a 95): PROBLEMAS DE SALUD PÚBLICA EN CHINA A tenor de la grave crisis de salud pública que atraviesa China a comienzos de 2020 (por la conocida epidemia del COVID-19), la Comisión ha dejado en manos de los Estados la posibilidad de considerar “fuerza mayor” o “circunstancias excepciona- les”, de modo que España podrá estimar la cancelación de parte de un programa. Para ello, el MAPA ha determinado que sean los operadores quienes invoquen la fuerza mayor, acompañando su solicitud con pruebas justificativas, y las presenten ante la autoridad competente de su comunidad autónoma. BREXIT Con respecto a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, y a efectos de la me- dida de promoción, el MAPA comunica que no se considerará a dicho Estado como un tercer país hasta el día 1 de enero de 2021. ARANCELES ADICIONALES DE EE.UU . La Comisión ha aprobado dos Reglamentos de Ejecución, con el fin de mitigar el impacto de los aranceles impuestos a parte de los vinos españoles por EE.UU . Estos Reglamentos recogen las propuestas que la FEV ha estado trasladando des- de hace varios meses, conjuntamente con el CEEV y otras organizaciones del sec- tor, a las instituciones europeas y a las autoridades españolas. Tal y como avanzábamos en nuestra Circular 4/20, las novedades incluyen el au- mento del porcentaje máximo de financiación de la medida de promoción en mer- cados de terceros países del 50% actual al 60%, durante un periodo de un año. Por otro lado, a cierre de esta memoria estamos pendientes de la publicación de un nuevo Reglamento Delegado que permitirá aprobar cambios en el programa en cualquier momento del año (con ciertos límites) y ampliar la duración máxima de los programas más allá de 5 años. NOVEDADES RELATIVAS A LA COYUNTURA INTERNACIONAL DE LOS MERCADOS EN 2020

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