FEDERACIÓN ESPAÑOLA DEL VINO - MEMORIA 2020
96 M E M O R I A 2 0 2 0 I N T E R N A C I O N A L I Z A C I Ó N 4 CAPÍTULO ESTÁNDARES, REGISTROS, PERMISOS Y CERTIFICADOS Un ejemplo es la Ley Federal N 468- ФЗ sobre viticultura y vi- nificación de la Federación Rusa , que finalmente entró en vigor el 26 de junio sin cambios. Desde principios de año, el sector vitivinícola europeo y otros partners de terceros países habíamos indicado que la ley ge- neraría obstáculos graves para la importación y cir- culación de vino y productos a base de vino en ma- teria de etiquetado, descalificación de productos, prácticas enológicas y falta de protección de Indica- ciones Geográficas. También preocupa que se solapa en algunas materias y no está alineada con la Regu- lación Técnica nº 47 sobre bebidas alcohólicas de la Unión Económica Euroasiá- tica (UEE) de Bielorrusia, Kazajistán y Rusia. Esta segunda norma se debía introducir a nivel nacional a partir de enero de 2021, aunque se ha pospuesto hasta enero de 2022 para revisarla y alinearla con la Ley Federal. Durante todo el año las asociaciones hemos estado en contacto con las autoridades al más alto nivel, trasladando modificaciones al texto para alinear me- jor algunos artículos con las normas internacionales. A principios de 2021 la Duma va a debatir enmiendas a la Ley Federal y desde el sector seguiremos este proceso y el de revisión de la Regulación Técnica. China es otro país que presenta numerosos obstáculos técnicos a la exportación de vino. Cabe destacar el Proyecto de medi- das sobre la seguridad en la importación y exportación de alimentos de la General Administration of Customs (GACC) , que incluye una evaluación de la conformi- dad, el registro de empresas exportadoras en el ex- tranjero, y una serie de procedimientos (inspección in situ , prueba de análisis...) para productos de alto riesgo que ahora se extienden a todos. Considera- mos que son requisitos injustificados y desproporcio- nados para productos de bajo riesgo como los vinos, que además no están en línea con las obligaciones del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanita- rias y Fitosanitarias (Acuerdo SPS) de la OMC. El país asiático también está revisando las reglas so- bre el etiquetado nutricional de los alimentos preen- vasados . Actualmente las bebidas alcohólicas de más de 0,5% vol. alc. están exentas del mismo, pero en el borrador de la nueva versión se añade como segunda condición para acogerse a la exención que el conte- nido de azúcar sea inferior al 0,5%. Esto implicaría que una gran parte de los productos vitivinícolas tendrían que incluir el etiquetado nutricional según un formato predeterminado, obstaculizando la exportación. Por último, China está en proceso de actualizar su norma sobre terminología y clasificación de bebi- das alcohólicas (GB/T 17024-2008) . La nueva ver- sión parece superponerse parcialmente con la nor- ma sobre vino GB 15037, por lo que el sector ha solicitado aclaraciones acerca de la estructura legal y la coherencia entre ambas reglas. Además, incluye algunos parámetros y definiciones divergentes res- pecto a las normas de la OIV y de la UE, en especial, la clasificación del vino espumoso según el conteni- do de azúcar, lo que representa una barrera comer- cial para los productos europeos. Por último, otro asunto preocupante ha sido el bloqueo de facto de Indonesia a las bebi- das alcohólicas de la UE , al rechazar por segundo año consecutivo las solicitudes de importación de productos comunita- rios (excluyendo el Reino Unido) que presentan los importadores anualmente; parece que como repre- salia por la discriminación percibida contra el bio- combustible de aceite de palma por la UE en el con- texto de la Directiva de energías renovables. Hemos solicitado reiteradamente que la UE y los EE.MM. aumenten las gestiones con Indonesia para solucio- nar la situación. LOS CERTIFICADOS Y REGISTROS ADICIONALES, LAS DENEGACIONES DE PERMISOS O LOS ESTÁNDARES TÉCNICOS DISCORDANTES SON LAS BARRERAS NOARANCELARIASMÁS HABITUALES QUE ENCUENTRAN LAS BODEGAS. DESDE LA FEV Y EL CEEV, POR UN LADO, INFORMAMOS A LAS EMPRESAS Y A LAS AUTORIDADES, Y POR OTRO, PARTICIPAMOS EN DISTINTOS FOROS PARA QUE SE ELIMINEN O SE MODIFIQUEN.
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