FEDERACIÓN ESPAÑOLA DEL VINO - MEMORIA 2020

Como relatamos en nuestra última memoria, desde que en 2018 la Comisión Europea publicase sus pri- meras propuestas legislativas, la FEV ha trabajado en una triple dirección: a nivel europeo, interviniendo en la discusión y ajustes de distintas enmiendas por parte del Consejo de la UE y de las comisiones AGRI y ENVI del Parlamento Europeo; a nivel nacional, operando estrechamente junto al MAPA y la Repre- sentación Permanente de España ante la UE (REPER); o a nivel sectorial, abordando desde el CEEV, múltiples ideas y propuestas (como las de los vinos desalcoholizados o el etiquetado electrónico, entre otros) a trasladar a los poderes públicos. En 2020 en particular, la acción de la FEV se ha orientado principalmente a ejercer un diálogo fluido y constante con los europarlamentarios más relevantes, con el fin de trasladarles nuestras posiciones y preocupaciones. CONTENIDO ACTUAL DE LA PROPUESTA DE REFORMA: Entre las principales novedades que la reforma puede arrojar cuando culmine, avanzamos: REFORMA DE LA PAC CON EL TRANSCURSO DE LOS AÑOS, LA PAC HA EXPERIMENTADO CINCO GRANDES REFORMAS. EN 2018 LA COMISIÓN EUROPEA PUBLICÓ LAS PRIMERAS PROPUESTAS LEGISLATIVAS (REFORMA DEL REGLAMENTO (UE) 1308/2013 Y NUEVO REGLAMENTO DE PLANES ESTRATÉGICOS) PARA ACTUALIZAR Y REORIENTAR LAS POLÍTICAS AGRÍCOLAS DE LA UE. EN 2019 SE PROCEDIÓ A LA DISCUSIÓN Y AJUSTE DE DISTINTAS ENMIENDAS POR PARTE DEL CONSEJO DE LA UE Y DE LAS COMISIONES AGRI Y ENVI DEL PARLAMENTO EUROPEO. A FINALES DE 2020 SE PRODUJO LA VOTACIÓN DEFINITIVA DE LAS ENMIENDAS POR PARTE DEL CONSEJO Y DEL PLENO DEL PARLAMENTO. 1. INDICACIONES GEOGRÁFICAS: El Consejo y el Parlamento Europeo proponen ampliar la actual definición de las Indicaciones Geográficas. Dicha ampliación supone que los factores humanos tenidos en cuenta para una IGP no se limitarán a métodos específicos de produc- ción o procesamiento como hasta ahora, sino que podrán involucrar la gestión del suelo y el paisaje, las prácticas de cultivo, así como cualquier otra actividad humana que contribuya al mantenimien- to de los factores naturales esenciales que deter- minan predominantemente el entorno geográfico y la calidad y características del producto. Por otro lado, Comisión, Consejo y Parlamento (aunque con redacciones distintas) coinciden en proteger las Indicaciones Geográficas mediante su extensión a los productos comercializados por internet o medios electrónicos. Por último, se espera una posible extensión de las Indicaciones Geográficas a las bebidas aro- matizadas. 2. ETIQUETADO NUTRICIONAL Y DE INGREDIENTES: Agotado el periodo de gracia del Art. 16.4 del Re- glamento (UE) 1169/2011 que permitía eximir a las bebidas alcohólicas de la necesidad de indicar los ingredientes o la declaración nutricional, la Comi- sión, el Consejo y el Parlamento acuerdan:  Limitar la declaración nutricional únicamente a los valores energéticos.  Crear nuevas reglas en el Reglamento (UE) 1308/2013 para la indicación de los ingredien- tes del vino.  Permitir que la indicación de los ingredientes se haga por medios electrónicos. En ningún caso, propone el Consejo, esto será aplicable a los alérgenos.  Transitoriamente, permitir la circulación de los productos sometidos a las actuales normas de etiquetado hasta el agotamiento de dichos stocks. Asimismo, el Parlamento propone que la energía se pueda expresar mediante el uso del símbolo “E”. Estas novedades podrán aplicar igualmente a las bebidas aromatizadas. 70 M E M O R I A 2 0 2 0 E N T O R N O L E G A L Y R E G U L A T O R I O 3 CAPÍTULO

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